Los delegados de la Autoridad Internacional de los Fondos Marinos (ISA, por sus siglas en inglés) no lograron llegar a un acuerdo para prohibir la minería en el lecho del mar; ni siquiera se consiguió un texto para regular las actividades mineras, lo que deja a los ecosistemas de aguas profundas cada vez más vulnerables.
La importancia del debate sobre la explotación comercial de los recursos minerales de las profundidades marinas, es que ésta es la última frontera para la actividad minera, y está en gran medida inexplorada. Esto es especialmente preocupante para el rico ecosistema de la Zona Clarion-Clipperton (CCZ). La minería podría comenzar en la CCZ ya en julio si no se implementa una prohibición. La esponja del árbol de ping pong, el pepino de mar ardilla gomosa y el pulpo fantasma recientemente descubierto son solo algunas de las criaturas únicas que podrían verse afectadas.
Los nódulos polimetálicos fueron detectados por primera vez en el fondo marino por la expedición del HMS Challenger en 1873. Están distribuidos en la superficie o semienterrados en el fondo marino, principalmente en la Zona Clarion-Clipperton en el Océano Pacífico. Contienen níquel, cobre, cobalto y manganeso, entre otros metales. Desde entonces, se han descubierto otros minerales en la Zona: costras de ferromanganeso ricas en cobalto, que son acumulaciones de minerales en los montes submarinos y contienen cobalto, níquel, cobre, molibdeno y elementos de tierras raras; y sulfuros polimetálicos, que se forman a través de reacciones químicas alrededor de los sitios de ventilación hidrotermal y contienen cobre, zinc, plomo, plata y oro.
El mandato de la sesión fue organizar, regular y controlar todas las actividades relacionadas con los minerales en los fondos marinos y oceánicos y su subsuelo, fuera de los límites de la jurisdicción nacional (llamada en la Zona)
Muchos países delegados han defendido una moratoria o prohibición de la minería en aguas profundas; mientras que otros continúan presionando para extraer recursos de nuestras profundidades marinas. Los partidarios de la minería apuntan a un suministro sostenible de níquel, manganeso, cobalto o cobre, necesarios para una “transición energética mundial”.
Quienes se oponen a la minería se centran en la necesidad de proteger el océano de la contaminación, pérdida de biodiversidad y el cambio climático, y estudiar estos ecosistemas de aguas profundas poco conocidos, antes de autorizar posibles actividades extractivas.
En 2021, el Estado de Nauru (uno de los pequeños estados insulares) activó algo llamado “regla de los dos años”, que le da a la ISA hasta el 9 de julio para establecer regulaciones que rijan la controvertida práctica de la minería en aguas profundas. Esta 28ª sesión, que se inició el 16 de marzo y concluyó el 31, es la penúltima reunión del organismo antes de esa fecha límite.
Cuando Nauru activó la regla de los dos años en nombre de Nauru Ocean Resources Inc (NORI), una subsidiaria de la empresa canadiense The Metals Company, el lugar que señaló para la minería fue la Zona de Clipperton (CCZ) entre Hawái y México.
Con una extensión de 3.100 millas, la CCZ alberga ecosistemas únicos de aguas profundas cuya particularidad los hace especialmente vulnerables a la minería que podría tener lugar allí. Entre el 70 y el 90 por ciento de las especies que los científicos han encontrado allí eran previamente desconocidas para ellos, dijo Amon, mientras que entre el 25 y el 75 por ciento aún no se han observado. El fondo del lecho marino contiene principalmente sedimentos móviles, por lo que más del 50 por ciento de los animales de aguas profundas de más de un centímetro que lo habitan (animales como esponjas, anémonas o corales) usan los nódulos dispersos como una superficie estable para adherirse. Esto es un problema porque son exactamente estos nódulos los que las corporaciones como The Metals Company quieren extraer de cobre, níquel, cobalto, hierro, manganeso y elementos de tierras raras.
A la 28 sesión del Consejo de la Autoridad Internacional de los Fondos Marinos (ISA) en Kingston, Jamaica, asistieron una gran coalición de activistas indígenas del Pacífico para compartir su visión sobre la alta mar, una visión que contrasta con la perspectiva nacionalista de que ésta es “tierra de nadie”.
“Lo que queremos expresar es que no vemos esto como tierra de nadie porque es parte de nuestro país”, dijo el orador y activista indígena hawaiano Solomon Kaho’ohalahala. “Aquí es donde hemos vivido y prosperado y hemos habitado la mayor área de océano e islas del planeta Tierra”.
Kaho’ohalahala es oriundo de la isla hawaiana de Lānaʻi, donde ha trabajado para establecer áreas de conservación marina y proteger los bosques nativos de tierras secas y la biodiversidad marina hawaiana en su conjunto como parte de la red Maui Nui Makkai.
Una breve historia de la ISA
La Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1982 (UNCLOS), que entró en vigor el 16 de noviembre de 1994, establece los derechos y obligaciones de los Estados sobre el uso del océano, sus recursos y la protección de las zonas marinas y costeras. La UNCLOS estableció que el Área (los fondos marinos y oceánicos y su subsuelo, más allá de los límites de la jurisdicción nacional) y sus recursos son patrimonio común de la humanidad.
Bajo el régimen de patrimonio común, UNCLOS establece que:
– ningún estado puede reclamar o ejercer soberanía o derechos soberanos sobre ninguna parte del Área o sus recursos;
– las actividades en la Zona deben llevarse a cabo en beneficio de la humanidad en su conjunto, independientemente de la ubicación geográfica de los Estados, teniendo especialmente en cuenta los intereses y necesidades de los Estados en desarrollo;
– la Zona y sus recursos están abiertos al uso exclusivo con fines pacíficos por parte de todos los estados, ya sean ribereños o sin litoral, sin discriminación; y
– los beneficios financieros y otros beneficios económicos derivados de las actividades en la Zona deben ser compartidos equitativamente, sobre una base no discriminatoria.
Para abordar ciertas dificultades planteadas por los países desarrollados con el régimen de UNCLOS para esta Zona, el Acuerdo relativo a la implementación de la Parte XI de UNCLOS (la Zona) fue adoptado el 28 de julio de 1994 y entró en vigor el 28 de julio de 1996. El Acuerdo aborda los arreglos fiscales y costos para los estados partes, arreglos institucionales, los mecanismos de toma de decisiones de la ISA y futuras enmiendas.
La ISA ha venido desarrollando un Código de Minería, el cual es un conjunto de normas, reglamentos y procedimientos para regular la prospección, exploración y explotación de minerales marinos en el Área. A la fecha, la Autoridad ha emitido: Reglamento de Prospección y Exploración de Nódulos Polimetálicos (adoptado el 13 de julio de 2000, actualizado el 25 de julio de 2013); Reglamento de Prospección y Exploración de Sulfuros Polimetálicos (adoptado el 7 de mayo de 2010); y Reglamento sobre prospección y exploración de costras de ferromanganeso con alto contenido de cobalto (adoptado el 27 de julio de 2012). La ISA se encuentra en proceso de elaboración de reglamentos de explotación.
Fuentes:
Earth Negotation Bulletin. Resumen de la 28 Sesión de la Autoridad Internacional del Lecho Marino. 16 al 31 de marzo 2023.
EcoWatch. ‘Ocean Is at Stake’ at International Seabed Authority Negotiations Over Deep-Sea Min