SENTENCIA DEL ILALÓ

Reseña hecha por Naturaleza con Derechos

Un grupo de ciudadanos pusieron una acción de protección ante la Corte Provincial de Justicia de Pichincha, para proteger a los bosques protectores del volcán Ilaló por su importancia ecológica y cultural para Quito, por la falta de acción del Municipio de Quito y la Prefectura de Pichincha, por la expansión inmobiliaria en el sector.

El bosque protector Ilaló incluye ocho bloques de vegetación, entre ellos el volcán Ilaló, por así haberse considerado en la declaración de bosque protector; que la decisión se tomó con el fin de proteger a la población de aluviones, como ya sucedió en el barrio de La Gasca por dos ocasiones.

Esta resolución no se implementó adecuadamente, lo que resultó en una falta de protección del volcán por parte del Municipio de Quito y Prefectura de Pichincha. En 2015, se propuso una ordenanza para regular el área de intervención especial y recuperación (AIER) Ilaló-Lumbisí; no obstante, el Municipio no realizó una consulta previa a las comunas antes de aprobar la ordenanza, lo que generó oposición y detuvo su implementación.

La inacción del Municipio de Quito y la Prefectura de Pichincha, ha vulnerado algunos derechos constitucionales como el derecho a un ambiente sano, el respeto a los ciclos y derechos de la naturaleza, derecho a la ciudad, derecho a la consulta previa y derecho a la participación ciudadana.; y no han cumplido con sus obligaciones legales de proteger los bosques protectores del volcán Ilaló, realizar estudios de impacto ambiental y prevenir daños ambientales.

Ante esto los demandantes solicitan que se considere la necesidad de reparación integral, y la reparación de los daños causados por sus acciones y omisiones, y tomar medidas para prevenir futuros daños. Añadieron que los demandados han vulnerado el derecho de la naturaleza, pues no se ha respetado la existencia del Ilaló, ni respetado y protegido los ciclos vitales de los bosques, ni tomado medidas para restaurar los ecosistemas degradados.

La sentencia de la Corte declara vulnerados, por omisión, los derechos a la naturaleza contenidos en los Arts. 71, 72 y 73 de la Constitución de la República; los derechos a la ciudad y gestión de riesgos, conforme a lo mandado en los Arts. 31 y 389 de la Constitución de la República.

Las medidas de reparación fueron las siguiente:

1.- Que los demandados Municipio del Distrito Metropolitano de Quito y el Gobierno Provincial de Pichincha, en 180 días elaboren un plan de manejo y restauración integral del volcán Ilaló, con indicadores de cumplimiento y asignación de presupuesto.

2.- Que los demandados en 180 días, implementen en la zona, un sistema de alerta temprana de riesgos con la participación de los pobladores del sector.

Se designa a la Defensoría del Pueblo el seguimiento de la sentencia.

Leave a Comment