El Tribunal de Garantías Penales con sede en la Parroquia de Iñaquito emitió la sentencia presentada por el Río Machángara por la grave contaminación que enfrentan.
Colectivo en defensa del Machángara
El miércoles 21 de agosto, se dio a conocer la sentencia del Tribunal, en la que se reconoce que el Machángara está gravemente contaminado, lo que ha puesto en peligro que el río pueda cumplir con su ciclo vital, su biodiversidad y organismos y sus funciones ecológicas.
La Sentencia establece que el Municipio del Distrito Metropolitano ha omitido tratar las aguas residuales del río y no ha rescatado sus riveras. Esta situación genera un problema de salud para los habitantes de Quito y la población que vive a lo largo del trayecto del río hasta llegar al Océano Pacífico
A partir de este análisis el Tribunal concluye que se vulneraron los derechos de la naturaleza del río Machángara y los derechos al agua, al medio ambiente sano y a la ciudad por lo que acepta la acción de protección.
La sentencia determina la competencia que tiene el Municipio para reparar los derechos del río Machángara. El Tribunal señala que, conforme la Constitución, el COOTAD y la normativa municipal, el Municipio puede emprender proyectos y políticas públicas para descontaminar el río Machángara. De igual forma, reconoce la importancia que tiene la sentencia del caso del río Monjas a efectos que el Municipio emplee los mecanismos adecuados para descontaminar el río Machángara.
En función de lo desarrollado en la sentencia, el Tribunal determinó medidas de reparación: se declaró al río Machángara como sujeto de derechos; y en consecuencia, ordena que se establezcan medidas a ejecutarse a corto, mediano y largo plazo. Las medias a corto plazo están enfocadas en preparar el camino para que se inicie con la descontaminación del río, incluyendo investigación sobre los focos de contaminación y mayores controles del cumplimiento de la normativa para evitar que se contamine el río Machángara. Las medidas a mediano plazo buscan la implementación de medias, planes y acciones que buscan reducir los niveles de contaminación del río Machángara. Finalmente, las medidas a largo plazo persiguen cambiar la relación entre la ciudad de Quito, sus ciudadanos y el río Machángara para que sus derechos se los cumpla.
Finalmente, la sentencia dispone el establecimiento de las “Guardianas del río Machángara” para la ejecución de las medidas y su seguimiento. Las organizaciones que integran esta instancia son: Colectivo de Rescate al Río San Pedro, Colectivo Luchando por las Quebradas, Mujeres por el Agua, Colectivo Quebradas Vivas, Cabildo Cívico de Quito, Cuerpos de Agua, y la Defensoría del Pueblo.
MEDIDAS DE REPARACIÓN
Entre las medidas a corto plazo, la Corte manda:
Que se realice un estudio sobre las fuentes de contaminación para identificar zonas urgentes del río Machángara que requieren intervención y remediación.
Plan piloto para que se ejecute tratamiento de agua por cada administración zonal por donde el río Machángara pase utilizando estrategias verde-azules.
Se reforme el Plan Operativo Anual para que el Municipio se enfoque en la recuperación y restauración del río Machángara.
Realizar control en quebradas, márgenes del río Machángara y sobre los vertidos de sustancias.
Realizar un monitoreo de quienes cuenten con permisos de descargas de agua y revocar permisos a quienes se encuentren violando la normativa.
Fortalecer y ampliar las áreas protegidas y verdes en la cuenca del Río Machángara
Mejorar espacios públicos en estado crítico colindantes con el río Machángara
Realizar estudios de factibilidad en sectores urbanos para la construcción de PTAR con tecnologías basadas en la naturaleza
Realizar un informe sobre los gestores calificados, con certificación ambiental y equipamiento seguro
Realizar campañas de concientización sobre la contaminación que genera la ciudad de Quito en el río Machángara, sus quebradas y demás cuencas hidrográficas
Incentivar la participación y crear mesas de trabajo
Medidas a mediano plazo:
Ampliación y recuperación de la vegetación de las riberas a lo largo del río Machángara y sus afluentes
Tener en funcionamiento los proyectos pilotos
Contar con normativa que obligue a contar con tecnologías de saneamiento y tratamiento de aguas residuales en proyectos inmobiliarios
Alcantarillas diferenciadas
Implementar incentivos para cambio de formas de producción
Estudios para implementar parques biofiltrantes
Reformas o ampliaciones a la Ordenanza Verde-Azul
Puntos de monitoreo y análisis permanente
Medidas a largo plazo
Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales de diversas dimensiones y tecnologías
Incorporación de sitios de recreación en el río
Control tendiente a evitar los asentamientos humanos en zonas protegidas y de riesgo
MACHÁNGARA EL RÍO DE QUITO ES SUJETO DE DERECHOS